1 PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
La Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, el Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, establecen que la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será en la ESO:
- continua, formativa, integradora y diferenciada según las distintas materias.
- En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles para continuar el proceso educativo.
- La evaluación de los aprendizajes de los alumnos y alumnas tendrá un carácter formativo y será un instrumento para la mejora tanto de los procesos de enseñanza como de los procesos de aprendizaje.
- La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado deberá ser integradora, debiendo tenerse en cuenta desde todas y cada una de las materias la consecución de los objetivos establecidos para la etapa y del desarrollo de las competencias correspondiente. El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de manera diferenciada la evaluación de cada asignatura teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de cada una de ellas.
- El profesorado llevará a cabo la evaluación a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno y de su maduración personal, sin perjuicio de las pruebas que realice el alumnado.
- Los alumnos y alumnas tendrán derecho a una evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, así como a conocer los resultados de su aprendizaje. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias serán los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.
- Los Centros Docentes harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada materia que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes, la promoción del alumnado y la obtención de la titulación.
- El alumnado podrá solicitar al profesorado aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen en cada materia. Asimismo, los padres, ejercerán este derecho a través del tutor.
- Durante el primer mes de cada curso escolar todo el profesorado realizará una evaluación inicial del alumnado. Dicha evaluación inicial será el punto de referencia para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo para su adecuación a los conocimientos del alumnado.
- Como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, el equipo docente podrá adoptar las medidas pertinentes de refuerzo para los alumnos que precisen adaptación curricular.
- A lo largo del curso se harán al menos tres sesiones de evaluación.
- Los resultados de la evaluación se expresarán por medio de calificaciones en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (B), Notable (NT) y Sobresaliente (SB). Estas calificaciones irán acompañadas de una calificación numérica sin decimales de la siguiente forma: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 ó 10.
- Para el alumnado con evaluación negativa al finalizar el curso, el profesorado elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación.
- El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria que los Centros organizarán dentro de los 5 primeros días hábiles de Septiembre.
- La evaluación de los alumnos que cursan programas de diversificación curricular se realizará tomando como referente fundamental las competencias básicas y los objetivos de la ESO, así como los criterios específicos de cada programa.
2 INDICADORES DE EVALUACIÓN DE LAS COMPETENCIAS CLAVE
El departamento de matemáticas valorará las siete competencias del currículo, teniendo en cuenta la relación criterios de evaluación, competencias clave y estándares de aprendizaje establecida en la programación y evaluará las CCL, CSC, CAA según lo establecido para todo el Centro en el documento incluido en el apartado (III.2.4)
3 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
Los miembros del Departamento de Matemáticas del IES “Francisco de los Ríos” han acordado que para la obtención de la calificación en cada una de las sesiones de evaluación, el profesorado se valdrá de los siguientes instrumentos de evaluación:
- Para valorar la competencia lingüística.
Se valorará:
- Expresión oral y escrita de los enunciados y conceptos.
- Como indica el plan de lectura, se realizará la lectura de un libro o texto obligatoria, relacionado con las Matemáticas, a lo largo del curso, siendo el profesor/a propio del área quien revise su lectura mediante un trabajo, prueba o actividad.
- En cualquier trabajo o examen se restará, a criterio del profesor/a, 0,15 puntos por cada falta de ortografía cometida y 0,25 puntos por cada grupo de 5 tildes, el error ortográfico, que se repita, se contabilizará solo una vez por texto escrito, hasta un máximo de 1 punto. (Como indica el plan de lectura y mejora de la competencia lingüística, reflejado en el proyecto lingüístico). La puntuación perdida por errores ortográficos podrá recuperarse siempre que el profesor/a considere que hay evolución positiva.
- Para valorar la competencias sociales y cívicas.
Se valorará el contenido, la estructura y la forma atendiendo a los siguientes indicadores:
- Asistencia a clase. Las faltas de asistencia no justificadas ni justificables, (como el no asistir a clase para preparar controles), tendrán repercusión negativa en la calificación.
- Actividades y pruebas realizadas en el aula.
- Trabajo diario en el aula, participación y contribución al buen desarrollo de la clase.
- Actitud de respeto, civismo y tolerancia hacia el profesorado y hacia sus compañeros.
- Actitud positiva ante la materia, mostrando interés y voluntad de aprender.
- Para valorar la competencia aprender a aprender.
- Nivel de conocimientos, cuando el alumnado sea preguntado en clase sobre los contenidos de la unidad.
- Estimación lógica de los resultados.
- Trabajo diario en casa, realizando los ejercicios y actividades propuestas.
- Trabajos, proyectos maquetas, etc., entregados y realizados en clase.
- Apuntes completos.
- Actividades y ejercicios completos, incluidos los enunciados.
- Ejercicios corregidos.
- Presenta el cuaderno limpio y claro.
- Para valorar la competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
- Se realizarán exámenes orales o escritos para valorar el nivel adquirido, tanto de conocimientos como de competencias básicas, teniendo en cuenta a la hora de calificarlos la expresión oral o escrita, el razonamiento seguido en la resolución de cuestiones, ejercicios y problemas, la capacidad de cálculo así como la interpretación correcta de los enunciados y de la información contenida en los mismos.
- Se informará al alumnado del valor que se da a cada pregunta, por escrito, en el examen.
- En los distintos exámenes que se hagan el profesor preguntará, sobre los contenidos dados anteriormente que se consideren importantes.
- Se realizarán dos exámenes como mínimo por trimestre. Al final de cada trimestre se hará una media ponderada de las notas obtenidas en los exámenes realizados en dicho trimestre. La ponderación quedará a criterio del profesor/a según el peso que le dé a cada examen.
- Se realizará una recuperación por trimestre sólo para aquel alumnado que no haya obtenido una nota media superior o igual a cinco. Se considerará aprobada la recuperación si la nota es superior o igual a cinco.
- Si un alumno no puede realizar un examen en la fecha fijada, queda al criterio del profesor considerar la realización de dicha prueba como imprescindible o no para la calificación final. Del mismo modo el profesor decidirá si es posible la realización de una prueba similar con otros grupos del mismo nivel.
- No podrá alegarse enfermedad para solicitar la realización del examen en otra fecha si no se presenta el justificante médico correspondiente.
- Si un alumno es sorprendido utilizando medios ilícitos para aprobar un examen será sancionado con el insuficiente y la mínima nota en dicha prueba. Se podrán realizar a criterio del profesor pruebas escritas sin previo aviso, con el objetivo de que el alumnado lleve un seguimiento continuo de la programación.
Además se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones generales:
- Los alumnos de ESO con asignaturas pendientes de cursos anteriores se considerarán evaluados positivamente de las mismas si aprueban los dos primeros trimestres del curso actual. En caso contrario se les facilitará la materia y la ayuda que demanden para superar la asignatura en una prueba escrita que realizarán en el tercer trimestre.
- Cuando de acuerdo con la normativa vigente, un alumno sea expulsado, el profesor de matemáticas del grupo al que pertenezca dicho alumno, le facilitará una hoja de ejercicios y problemas relacionados con la materia correspondiente a los días que dure la sanción. Dicho trabajo deberá ser realizado por el alumno en su casa y entregado al profesor al volver al centro, para que éste lo corrija y lo tenga en cuenta al evaluar.
- Dentro del departamento de matemáticas y ante la prohibición del uso del móvil en el centro (según establece el ROF), se considerará como un medio ilícito el tener encima o usar cualquier aparato eléctrico (distinto de la calculadora) en los exámenes.
Para la evaluación de los instrumentos citados anteriormente, se tendrá en cuenta que estos están relacionados con sus respectivos criterios de evaluación, por tanto la repercusión de cada uno de los criterios de evaluación relacionados con los apartados anteriores en la nota de cada evaluación será la siguiente:
De los diez puntos de la calificación final que tiene que tener un alumno, 1,5 puntos corresponderán a los criterios de evaluación correspondientes al apartado primero (CCL), 0,75 al segundo (CSC), 0,75 al tercero (CAA) y 7 puntos al cuarto.
La nota final del curso será la media ponderada de las notas obtenidas en cada una de las tres evaluaciones, según el peso de la materia impartida en cada evaluación.
Siempre que la nota final de curso no sea mayor o igual a cinco, habrá que presentarse en septiembre con los contenidos no superados positivamente de los vistos durante el curso.
Se ha elaborado un registro de evaluación para cada curso en el que se anotará los resultados obtenidos en cada estándar de aprendizaje y su relación con la o las competencias clave. El registro reflejará los resultados por trimestre de cada alumno o alumna. (Anexo I)
4 EVALUACIÓN EN COMPETENCIAS CLAVE.
El profesorado del departamento llevará un registro individual (en su cuaderno del profesor) sobre la adquisición de las competencias básicas incluidas en la programación para este curso y cada materia teniendo en cuenta los indicadores de evaluación de dichas competencias. En las distintas actividades, tareas y pruebas el profesorado incluye el desarrollo de las competencias y por tanto cuando evaluamos la materia en su conjunto estamos evaluando también las competencias básicas, no teniendo que asignar un peso especifico en porcentaje a dichas competencias para la calificación trimestral de la materia, aunque si habrá una calificación de competencias de acuerdo a los registros del profesorado al finalizar cada trimestre, y sobre todo al finalizar el curso, pasando esta calificación al expediente del alumno de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente y en el centro al respecto.